La Policía Local de Ciudad Real ha tramitado varias actas de denuncia contra un ‘after’ que estaba sobrepasando presuntamente el aforo y sin respetar las medidas sanitarias, según ha informado la propia Policía Local en su perfil oficial de Twitter. Además, y según las mismas fuentes, se da la circunstancia de que este local es reincidente en este tipo de actos.
Los hechos tenían lugar ayer a las 8:00 horas y según han informado los agentes a través de sus redes sociales: «El local estaba lleno de clientes, sobrepasando con mucho el aforo y sin respetar las medidas sanitarias”.
La Ordenanza Cívica de Ciudad Real y la Ley 7/2011 de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha
Según recoge la Ordenanza Cívica Municipal de Ciudad Real, el régimen sancionador aplicable a la infracción por incumplimiento de las condiciones de aforo será el establecido en la Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha.
Dicha Ley dice que las infracciones por incumplir el aforo se clasifican en tres grados: muy graves, graves y leves.
Sanciones pecuniarias a las que se expone este bar de Ciudad Real por superar el aforo
Según la misma ley, las infracciones contempladas en esta Ley serán sancionadas de la siguiente manera:
a) Las tipificadas como muy graves, con multa de 30.001 a 600.000 euros.
b) Las tipificadas como graves, con multa de 301 a 30.000 euros.
c) Las tipificadas como leves, con multa de hasta 300 euros.
La ley también dice que para evitar que una infracción pueda resultar beneficiosa para el infractor, la cuantía de las sanciones pecuniarias establecidas podrá ser incrementada hasta el doble del valor del beneficio derivado de su comisión sin aplicarse para tal caso los límites cuantitativos máximos del apartado anterior.